Nuestros reglamentos establecen diversos tipos de sanciones deportivas, las sanciones económicas están prohibidas y las sanciones legales no las realiza el comité, sino que se reportan ante la autoridad competente, por ejemplo en caso de que se presente alguna acción de violencia, se solicita la intervención de la fuerza pública y se entrega a la Secretaría de Seguridad Ciudadana los videos de existir o pruebas para que se aplique la respectiva sanción.

Cuando un jugador o equipo comete una acción se le puede poner un suspensión que en caso de que no sea grave será de 1 a 3 partidos o lo que marquen los reglamentos. En caso de que sea grave, reiterativa o violenta se impone una suspensión indefinida y hasta por un año, o bien si está considerada como delito deportivo la suspensión definitiva para el uso de instalaciones deportivas municipales o públicas y la consignación ante la autoridad ministerial.

Para el caso de sanciones no graves, el reglamento cuenta con un mecanismo para que se le pueda levantar la suspensión si el jugador o equipo así lo solicita, conforme al artículo 34 del Reglamento de Competencia a través de un escrito que se deberá llenar con los datos necesarios y entregar al Comité Deportivo o Árbitro y que se puede consultar AQUÍ.